Claves de la reforma del delito de sedición que propone Sánchez

Claves de la reforma del delito de sedición que propone Sánchez

Madrid (EFE).- La proposición de ley del grupo socialista y Unidas Podemos presentada este viernes en el Congreso rebaja de 15 a cinco años la pena máxima de prisión del delito de sedición, que desaparece y pasa a denominarse «desórdenes públicos agravados», con un máximo de ocho años de inhabilitación.

El portavoz del PSOE en el Congreso, Patxi López, ha anunciado en rueda de prensa antes de registrar esta propuesta que la reforma persigue modificar el concepto de un delito de sedición que tenía 200 años y que la mayoría de países europeos han ido adaptando a la sociedad actual.

Según la propuesta de reforma del Código Penal, la pena será de tres a cinco años e inhabilitación para ejercer empleo o cargo público por el mismo tiempo cuando el delito se cometa por una multitud «cuyo número, organización y propósito sera idóneo para afectar gravemente el orden público»; si los autores son autoridad, la pena de inhabilitación será de seis a ocho años.

El Gobierno apostó por la reforma en 2020

Fue en enero de 2020, tres meses después de que los líderes del «procés» fueran condenados por sedición, cuando el Ejecutivo de Pedro Sánchez apostó públicamente por una amplia reforma del Código Penal que incluiría ese delito y otros varios, como los sexuales o los medioambientales.

El debate político sobre la reforma de este delito se reabrió recientemente durante la tramitación parlamentaria de los presupuestos de 2023, aunque tanto el Gobierno como ERC desvincularon ambas cuestiones.

Por su parte, el PP aprovechó la confirmación de las intenciones del Gobierno sobre esta reforma para suspender la negociación para la renovación del Consejo General del Poder Judicial.

Qué dice el actual código penal y qué propone la reforma

El delito de sedición está incluido entre los delitos contra el orden público, en el artículo 544 y siguientes del Código Penal.
Castiga a quienes, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen «pública y tumultuariamente» para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales la aplicación de las leyes.

Está penado con entre cuatro y ocho años de prisión, unas condenas que pueden llegar hasta los15 años de cárcel, si quien se alza es una autoridad, que también queda inhabilitada.

Con la modificación, el delito de sedición pasará a denominarse de «desórdenes públicos agravados» y la condena máxima se reduciría de 15 a 5 años de prisión.

Cómo afectaría una reforma a condenados o huidos

Del alcance de la reforma que baraja el Ejecutivo dependerá su impacto en los líderes del «procés» condenados, cuyo indulto está recurrido y que podrían beneficiarse de una eventual rebaja de la pena de inhabilitación.

Una reforma de la sedición también podría beneficiar a los dirigentes independentistas prófugos de la justicia española, como el expresident de la Generalitat Carles Puigdemont o el exconseller Toni Comín, ambos eurodiputados.

No obstante, no quedarían libres de una eventual condena a prisión aunque el delito de sedición fuera derogado o rebajado a penas mínimas, ya que podrían ser buscados también por malversación, delito castigado con entre dos años y seis de prisión.

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Author: CRDMedia

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