¿Democracia? ¿Con encuestas para elegir candidatos?

Por Billy Graham Castillo
CRDmedia

¿Democracia? ¿Con encuestas para elegir candidatos?
Billy Graham Castillo.

Los Partidos Políticos son los actores principales para que funcione la democracia en un país.  Han de ser quienes representan la voluntad de la población, sus descontentos y sus luchas.  En una democracia representativa como la dominicana, ¿se fortalece o se lacera la democracia cuando se utilizan encuestas para elegir candidatos de elección popular? Los procesos electorales no solo sirven para elegir representantes, también son procesos para el fortalecimiento democrático y del sistema de partidos. 

Base legal

La ley faculta a los partidos a seleccionar el método de elección interna más conveniente. Sin embargo, la poca transparencia al momento de presentar las encuestas dicta mucho de un proceso democrático. 

Ley 20-23. Orgánica de Régimen Electoral

Artículo 141.- Nominación de candidatos. La nominación de los candidatos a cargos electivos que hayan de ser propuestos por un partido, agrupación o movimiento político deberá ser hecha por el voto afirmativo de la mayoría de los concurrentes a las elecciones primarias, convenciones o mecanismos de selección interna, que conforme con sus estatutos convoquen para tales fines las autoridades correspondientes de conformidad con la ley. (Congreso de la República Dominicana, 2023)

Constitución Dominicana

Artículo 208.- Ejercicio del sufragio. Es un derecho y un deber de ciudadanas y ciudadanos el ejercicio del sufragio para elegir a las autoridades de gobierno y para participar en referendos. El voto es personal, libre, directo y secreto. Nadie puede ser obligado o coaccionado, bajo ningún pretexto, en el ejercicio de su derecho al sufragio ni a revelar su voto. (Congreso de la República Dominicana, 2010)  Los procesos internos también se deben suscribir a este artículo y en una el voto no es secreto, y en muchos casos ni libres. 

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A los partidos políticos le sale más económico el método de elección por encuestas en lugar de convenciones, ya sean abiertas o cerradas.  La democracia es sumamente cara y los partidos no deben pensar en la economía de sus recursos sino en el fortalecimiento de los procesos democráticos. En una encuesta sale favorecido quién más se haya mostrado, vendido,  a los encuestados y eso dependerá de la inversión en la campaña para posicionarse.  En una sociedad con retos, donde los jóvenes y las mujeres tienen deficiencia de recursos para promoverse, es fatal y poco democrático. Cuando los partidos, ante este escenario, no hacen elecciones internas, violan el derecho a ser elegibles establecido en el artículo 22, numeral uno de la constitución dominicana.  Lo hacen cunado vulnera

El costo político de las encuestas. 

El descontento es común en la ciudadanía luego ver el resultado de las encuestas. Las encuestas para seleccionar candidatos,  se realizan es al universo del electorado y no de manera exclusiva a los miembros de la organización política. De esta manera, el candidato elegido no representa la voluntad de las bases del partido, sino de una pequeña muestra del electorado.   El disgusto que esto genera es tan irreversible que inicia el éxodo de un partido a otro por no respetar la voluntad de los miembros del partido, o mejor dicho, no haberle permitido elegir sus candidatos. 

Desconfianza en el método

Las encuestas son instrumentos de carácter científico.  Sin embargo, la poca transparencia y acceso a la metodología e instrumentos aplicados hacen que se dude del resultado. 

Otro factor que genera desconfianza es el hecho que quienes manejan la información del sector en que una firma encuestadora está presente, estos informan a conveniencia para que movilicen sus equipos.  Lo expresado anteriormente sobre la limitación de recursos de jóvenes y mujeres, también afecta para la movilidad. Se plantea que quienes ganan encuestas es por poder político dentro de las organizaciones y dinero. No porque son elegidos. 

Aunque salga costoso, los partidos deben realizar elecciones internas. Al hacerlo se tiene a la Junta Centrar Electoral como arbitro que vela por el fiel cumplimento de las leyes. Hacerlo se fortalece la democracia y se recupera la confianza en los partidos políticos. 

Referencias

Congreso de la República Dominicana. Constitución de la República Dominicana. Congreso Nacional, 2010, https://observatorioserviciospublicos.gob.do/baselegal/constitucion2010.pdf. Accessed 16 Octubre 2023.

Congreso de la República Dominicana. Ley 20-23. Orgánica de Régimen Electoral. Congreso Nacional, 2023, https://observatoriojusticiaygenero.poderjudicial.gob.do/documentos/PDF/normativas/NOR_Ley_20_23_organica_Regimen_Electoral.pdf. Accessed 16 Octubre 2023.

 

Redacción
Author: Redacción

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