_Solicita dejar sin efecto dicha Resolución y su Contrato Póliza alegando que el mismo vulnera derechos fundamentales de los afiliados y contradice el mandato Constitucional de ampliar la cobertura, no de restringirla._

Santo Domingo, RD.– La Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) sometió ante el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) un recurso de reconsideración contra la Resolución núm. 624-05 que aprueba el nuevo Contrato Póliza del Seguro de Discapacidad y Sobrevivencia.
Esta resolución surge en cumplimiento de la Sentencia TC/0305/25 del Tribunal Constitucional que declaró inconstitucionales las limitaciones de prescripción de plazo y edad para acceder a pensiones por discapacidad y sobrevivencia establecidas en la Ley 87-01.
La DIDA informó que la normativa aprobada no reconoce derechos retroactivos a los afiliados afectados por dichas restricciones, aplicando los cambios únicamente desde la fecha de la sentencia, 20 de mayo de 2025.
Elías Baéz, director de la DIDA, informó que la institución considera que la Resolución 624-05 introduce disposiciones regresivas e incompatibles con la Constitución y que van en contra de las conquistas logradas, las defensas de la entidad y los casos que se presentan entre ellos la exclusión de siniestros ocurridos antes del 20 de mayo de 2025, manteniendo vigentes las limitaciones declaradas inconstitucionales; supresión de garantías históricas, como el reconocimiento de la pensión desde la fecha de diagnóstico médico; uso indebido del ahorro previsional del afiliado de su Cuenta de Capitalización Individual para financiar pensiones por discapacidad, cuando la Ley 87-01 establece que deben cubrirse con la prima del seguro de vida.
Báez indicó que otras medidas que vulneran los derechos de los afiliados son la restricción ilegal del derecho a traspaso entre AFP, afectando incluso a funcionarios públicos con derechos adquiridos, contradicciones normativas que ponen en riesgo la protección previsional.
El director de la DIDA afirmó que “La resolución vulnera derechos fundamentales y contradice el mandato constitucional de ampliar la cobertura, no de restringirla”.
Acciones previas
El funcionario recordó que la DIDA mediante las comunicaciones oficiales D-001967, D-001987, advirtió al CNSS sobre la necesidad de adecuar correctamente el Contrato Póliza tras la sentencia constitucional, solicitando además participar en las mesas técnicas. “Nuestras recomendaciones no fueron tomadas en cuenta y se omitieron elementos esenciales para proteger a los afiliados”, señaló Báez.
Pide dejar sin efecto dicha Resolución
La Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) solicitó al Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) a través del recurso de reconsideración dejar sin efecto la Resolución 624-05 y su Contrato Póliza, suspender sus efectos de inmediato para evitar daños irreparables, iniciar un nuevo proceso de revisión con participación de la DIDA y demás actores, aplicar retroactividad favorable conforme al artículo 13 de la Ley 107-13 para reparar a los afiliados afectados y garantizar que ninguna reforma implique regresividad, ni utilice fondos del trabajador para cubrir prestaciones que corresponden a la aseguradora, tal y como dispone la Ley 87-01.
La DIDA reafirma su compromiso con la defensa del interés general y la protección efectiva de los derechos de los afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social, asegurando que “la seguridad social debe avanzar hacia mayor justicia y cobertura, nunca hacia la exclusión o el retroceso”.
Anunció que la institución continuará utilizando todos los mecanismos administrativos y judiciales para garantizar un sistema transparente, legal y humano, especialmente en favor de personas vulnerables.