¿En el Teatro o en la Asamblea?

Por José Ricardo Taveras Blanco
CRDmedia
Teatro Nacional: Su Papel en los Procesos de Gobierno
Luis Abinader y Raquel Peña, presidente y vicepresidenta de RD.
Ciertamente, la reunión de la Asamblea Nacional llamada a recibir el juramento del presidente y el vicepresidente de la República es de naturaleza ordinaria y como tal, de conformidad con el artículo 4 de su Reglamento debe sesionar exclusivamente en el Congreso Nacional.  Sin embargo, tal como se aprecia esa no es una disposición Constitucional sino reglamentaria.
¿Qué significa eso, que el Presidente Luis Abinader no podrá juramentarse en el Teatro Nacional?  Un no por respuesta ameritaría la coletilla jurídica de que esto es así en principio.  
La Asamblea Nacional no es en sí su sede sino sus integrantes previamente ungidos por la voluntad popular, los cuales, convocados para el ejercicio puntual de las funciones acreditadas por la Constitución deben sesionar en su salón del Congreso Nacional, pero, nada impide que ésta resolute, en sede y con carácter excepcional, disponer el traslado de sus trabajos al Teatro Nacional e instituirlo durante la celebración del acto de juramentación en su Sede Ad Hoc para ese estricto propósito.
De manera que el capricho presidencial de juramentarse en el Teatro Nacional debe implicar una convocatoria en sede para que se abran los trabajos y sea la Asamblea la que apruebe su traslado y fijación de Sede Ad Hoc de manera excepcional para los trabajos de juramentación.
Por supuesto que no comparto lo que ya he llamado como un capricho, no solo porque violente el reglamento que como ya he dicho puede ser salvado con el cumplimiento de un simple trámite, sino porque se está rompiendo una tradición que tiene un valor simbólico y políticamente sacramental en un sistema democrático. El presidente y vicepresidenta de la República fueron ungidos por la soberanía popular y el delegatario directo de ese poder soberano es el congreso, de ahí que el acto deba ser en la casa que representa el pueblo en el marco de sus instituciones democráticas, que éstos vayan allí a procurar el poder que se les ha delegado y no en un escaparate.
De manera que ahí radica el verdadero contrasentido de la mudanza y acarreo de la Asamblea para el acto de juramentación, no en el hecho de que resulte imposible o inconstitucional.  Si yo fuera el presidente lo pensaría serenamente, pero si a él le agrada el teatro que se lo goce, el ganó, no se detengan en nimiedades y empecemos a pensar en la forma en que hacemos una revolución cívica que detenga la entronización de la plutocracia que vivimos, una vez más, a través de una reforma fiscal mal concebida y de una rarísima reforma constitucional que habla de llover sobre mojado.
Redacción
Author: Redacción

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