José Ricardo Taveras adviete sobre el peligro de gestionar a Punta Catalina a través de un fideicomiso

 

Dada la condición oligopólica de la generación de energía en RD, la única forma moral, económica y políticamente sustentable para la privatización de Punta Catalina debe ser su capitalización pública a través del mercado de valores, por aplicación del Art. 219 de la Constitución.
    Dr. Jose Ricardo Taveras Blanco, Sec. General de la FNP

    Santo Domingo, RD.

    Una vez más, en la tarde de hoy, a través de sus redees sociales, el muy perspicaz y agudo jurista, secretario General de la Fuerza Nacional Progresista y exdirector de Migracion, José Ricardo Taveras Blanco, adviertió al Gobierno dominicano que preside el presidente Luis Abinader Corona, del papel que debe jugar la Central de Energía Termoeléctrica “Punta Catalina”, en la matriz de generación del país.

    El jurísta y político de la FNP, hizo especial enfasis en la solicitud hecha por el presidente Luis Abinader al Congreso de la República Dominicana, a fin de que éste apruebe el Fideicomiso de dicha planta eléctrica de generación por carbón, con el propósito de crear una estructura independiente que gestione, eficientemente, ese importante activo del pueblo dominicano, con sus 674.78 MW de potencia neta confirmada por la empresa McHale.

    José Ricardo Taveras, indicó que “Los generadores han estado cómodos con sus contratos leoninos suscritos a punta de pistola en medio de graves crisis. Generan energía super cara y desfasada, no invertían en conversión a gas u otras matrices porque están garantizados. Se supone que Punta Catalina, concebida”,

    “para generar barato y presionar el mercado para que generadores inviertan en conversión para generar más barato, debe jugar su papel y no para que terminen controlándola ellos como aún se procura a pesar de que se “congele” a través de un fideicomiso. El interés del pueblo, si”, señaló José Rocardo.

    Concluyó Jose Ricardo, “eventualmente se fuere a privatizar, consiste en que se haga a través de la bolsa valores, para que todos los dominicanos que quieran invertir en ella lo hagan masivamente, y no para entregarla, directa o indirectamente en manos de los mismos intereses del grupito. Art. 219 C”.

     


     

    CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DOMINICANA

    Artículo 219.- Iniciativa privada. El Estado fomenta la iniciativa económica privada, creando las políticas necesarias para promover el desarrollo del país. Bajo el principio de subsidiaridad el Estado, por cuenta propia o en asociación con el sector privado y solidario, puede ejercer la actividad empresarial con el fin de asegurar el acceso de la población a bienes y servicios básicos y promover la economía nacional.

     


     

    Redacción
    Author: Redacción

    CRDMedia es un medio digital de comunicación en República Dominicana, comprometido con la defensa de los derechos de los ciudadanos.

Descubre más desde Ciudadania RD Media

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo