Los criterios de la interpretación constitucional

 

Por Juan Moreno Severino
CRDmedia

Los criterios de la interpretación constitucional

Podemos establecer que los criterios de la interpretación constitucional según el autor Domingo García Belaunde, en su obra “La Interpretación Constitucional como problema”, establece que se puede dividir en dos tipos de carácter que son lo de carácter general y lo de carácter particular.

Lo de carácter general, que tiene que ver con los criterios de interpretación o puntos comunes con toda la constitución dependiendo del régimen constitucional al que pertenezca.

Los de carácter particular, que son propio de una determinada constitución que pertenece a un país o un grupo de países, por lo anterior se resume a un grupo de persona o criterios normativos que está vinculado a un espacio geográfico, histórico o cultural, el referido autor resalta ejemplo como el impacto de la religión con el islamismo, o la incidencia que implica tener un sistema republicano o monárquico.

Por lo anterior podemos resaltar que ciertamente como establece el autor a la hora de aplicar de interpretar la constitución no solo se observaran los valores y principios de sistema constitucional, sino que la interpretación debe hacerse acorde o en consonancia con la ubicación geográfica del país, su religión y cultura.

El autor señala, además, varios elementos a tomar en cuenta a la hora de aplicar los criterios de interpretación constitucional como es el hecho de que cuando una norma es analizada debe primar la presunción de constitucionalidad a los fines de no crear una inestabilidad en el sistema jurídico por lo que la inconstitucionalidad de la norma debe observarse cuando sea notoria.

Sostiene además que la constitución no puede ser contraria en si misma por lo que debe de buscarse una concordancia en el demás texto de la constitución que se puede lograr a través de la ponderación de derechos.

Otro elemento que resalta es la razonabilidad que define como la sensatez o flexibilidad sobre a nuevas situaciones a los fines de no afectar de manera graves el entramado normativo.

Se debe tomar en cuenta además la previsión de consecuencia del fallo emitido con la finalidad de ponderar cual sería la consecuencia el impacto que tendría y como se resolvería posible crisis.

Preferencia por los derechos humanos, que es un elemento que se define en si mismo que trata de poner en primer plano a la humanidad que ha sido un elemento a resaltar producto de las grandes guerras (primera y segunda guerra mundial) donde la humanidad no era un elemento a timar en cuenta.

Formula política, cada constitución tiene una reglamentación política donde se resalta elementos culturales, históricos, religioso, social y económico que debe ser tomando en cuenta a la hora de observar los criterios de interpretación de la Constitución.

 

El autor es abogado, dedicado a fungir como fuente de aporte jurídico; debatiendo y analizando leyes y jurisprudencias novedosas.

 

Bibliografía: Interpretación Constitucional de los autores Domingo Rafael Vasquez Correa, Hermogenes Acosta de los Santos y Domingo Gil.

Barcelona. Ed. Ariel. Atienza, Manuel. (2012). El Derecho como argumentación. Madrid. Ed. Trotta . Civil. Parte primera. Volumen I. Buenos Aires.

Ediciones Jurídicas Mazeaud, Henri y León, Jean. (1976). Lecciones de Derecho Europa-America.

Domingo García Belaunde, en su obra “La Interpretación Constitucional como problema”.

Redacción
Author: Redacción

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