
Santo Domingo, R.D. — El Tribunal Constitucional (TC) emitió un fallo histórico al declarar inconstitucionales varios artículos de la Ley de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas que tipificaban y sancionaban la “sodomía”, definida como “el concúbito entre personas de un mismo sexo”, imponiendo penas de prisión correccional a los miembros de estas instituciones.
La sentencia establece que dichas disposiciones eran contrarias a la Constitución, al considerar que perseguían un fin basado en una concepción discriminatoria y estigmatizante, constituyendo una grave intromisión en la dignidad y derechos fundamentales de las personas por su orientación sexual.
Razones del fallo
- El TC determinó que los artículos violaban el principio de igualdad y no discriminación consagrado en la Carta Magna.
- Se consideró que la sanción penal por relaciones homosexuales dentro de cuerpos castrenses carecía de fundamento jurídico legítimo y respondía a prejuicios sociales.
- El tribunal subrayó que la orientación sexual forma parte de la esfera íntima y privada de las personas, protegida por el derecho a la dignidad y al libre desarrollo de la personalidad.
Contexto social y jurídico
- La decisión se enmarca en un proceso de modernización legal y respeto a los derechos humanos en República Dominicana.
- Organizaciones de la sociedad civil y colectivos LGBTI habían denunciado durante años que estas disposiciones eran un mecanismo de represión institucional y fomentaban la exclusión dentro de las fuerzas de seguridad.
- El fallo se suma a una tendencia regional en América Latina de eliminar normas discriminatorias contra la diversidad sexual en cuerpos militares y policiales.
Reacciones
- Defensores de derechos humanos celebraron la sentencia como un avance hacia la igualdad y la inclusión.
- Juristas constitucionalistas destacaron que el fallo reafirma el carácter vinculante de los derechos fundamentales frente a normas que perpetúan estigmas.
- Sectores conservadores han expresado preocupación, argumentando que la decisión podría afectar la disciplina interna de las instituciones armadas, aunque el TC aclaró que la disciplina no puede sustentarse en la vulneración de derechos humanos.
Implicaciones
La eliminación de estos artículos abre la puerta a una revisión más amplia de las normativas militares y policiales, garantizando que se ajusten a los estándares constitucionales y a los tratados internacionales de derechos humanos suscritos por República Dominicana.