La Defensa de la Soberanía en los Medios de Comunicación

 

Por Redacción
CRDmedia

Medios de Comunicación: Violaciones a la Ley de Telecomunicaciones

 

En un movimiento que ha pasado desapercibido en las redes sociales, el presidente de la Alianza Dominicana Contra la Corrupción (ADOCCO), Lic. Julio César de la Rosa Tiburcio, ha presentado una denuncia ante el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel). La denuncia acusa a las empresas Interamerica Broadcasting & Production Company y Trendy, operadoras de los canales 7 y 21, de violar la Ley General de Telecomunicaciones No. 153-98, que prohíbe que los medios de comunicación estén controlados por capital extranjero.

Este hecho coincidió con la marcha organizada por la Antigua Orden Dominicana frente al Palacio Nacional, demandando la deportación masiva de ilegales haitianos, evento que capturó la atención mediática y eclipsó la denuncia de ADOCCO. Sin embargo, la gravedad de la acusación presentada por De la Rosa Tiburcio no debe ser subestimada. La soberanía de los medios de comunicación es un pilar fundamental para la democracia y la transparencia en cualquier nación.

¿En qué se ampara el presidente de ADOCCO, Julio César de la Rosa Tiburcio, para hacer semejante denuncia?. Por supuesto que en la Ley General de las Telecomunicaciones No. 153-98, sobre todo en su artículo 73.

La Ley General de Telecomunicaciones, en su artículo 73, numeral 73.2, establece claramente que para ser concesionario de un servicio público de radiodifusión, se requiere ser nacional dominicano o extranjero naturalizado. Según De la Rosa Tiburcio, estas concesiones fueron transferidas de manera ilícita a empresas extranjeras, contraviniendo la normativa vigente.

Cabe destacar que, de acuerdo al Reordenamiento de Frecuencia (TD) realizado por el INDOTEL en el año 2022, el canal 7 ocupa el segmento de frecuencia del espetro radioeléctrico (174- 180) MHz, y pertenece a la empresa Interamerica Broadcating & Prod. Co., S.A., y al canal 21 le corresponde el segmento de frecuencia (512-518) MHz, perteneciente a la empresa Trendy, S.A.S. La denuncia de ADOCCO pone en tela de juicio la legalidad de estas concesiones y plantea la necesidad de una investigación exhaustiva para asegurar que se cumpla con la ley y se protejan los intereses nacionales y privados.

No obstante a lo citado anteriormente, sabemos que nuestra Ley General de Telecomunicaciones, fue creada en el año 1998, la cual a la luz de las tecnologías actuales y las variaciones que han sufrido las economias de mercado, la misma no da respuesta a muchos temas, tales como la Inteligencia Artificial, entre otros, así como a las urgentes necesidades de inversiones que se deben realizar en el sector, pone de relieve la necesidad de su rápida y pronta modificación para que esta pueda dar respuesta a los grandes retos que tenemos como potencia económica regional. Es por ello que, en el marco de lo dicho y para preservar el prestigio de dicha institución ante tales denuncias, es imperativo que las autoridades competentes tomen cartas en el asunto y realicen una investigación, a fin de salvaguardar el interés público y el de los inversionistas.

 

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