
Santo Domingo, R.D. — El jurista y político José Ricardo Taveras Blanco publicó un extenso análisis titulado “La carta de la Magistrada Pilar Jiménez Ortiz y las lecciones que debe dejarnos el error del CNM”, en el cual examina las recientes decisiones del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) respecto a la separación de varios jueces de la Suprema Corte de Justicia (SCJ).
En su escrito, Taveras subraya que la evaluación de desempeño de los jueces no constituye una excepción al principio de inamovilidad, sino una condición de este, ya que la remoción solo puede producirse cuando se configuren causas legalmente establecidas y con las garantías previstas en la Constitución y la ley.
Garantías y límites del CNM
José Ricardo, recuerda que la Ley Orgánica del CNM (138-11, modificada por la 1-25) establece criterios claros de evaluación, como integridad, reputación intelectual, capacidad de análisis y eficiencia en el manejo de casos. Señala que, en caso de separación, el Consejo está obligado a motivar sus decisiones con fundamentos constitucionales y legales, evitando que la sanción se interprete como discrecional o desproporcionada.
Una sanción política, no disciplinaria
Taveras enfatiza que la separación de jueces por parte del CNM es una sanción política, no disciplinaria, y que no puede ejercerse como un poder de libre remoción. Advierte que las motivaciones deben ser graves y sólidas para resistir el test constitucional de inamovilidad judicial.
Casos recientes
En referencia a la separación de los magistrados Pilar Jiménez Ortiz, Manuel Alexis Read Ortiz y Moisés Ferrer Landrón, el jurista cuestiona la falta de fundamentos:
- Pilar Jiménez Ortiz: Se le imputó haber pospuesto la aplicación de la Ley 2-23 y mostrar inseguridad en entrevistas, acusaciones que Taveras considera subjetivas y carentes de respaldo estadístico.
- Alexis Read Ortiz: Califica su caso como “vergonzoso”, pues el CNM admitió que la razón invocada no estaba dentro de las causales legales, violentando el principio de inamovilidad.
- Moisés Ferrer Landrón: Critica la ausencia de motivación, ya que el Consejo se limitó a citar informes de desempeño sin argumentos sólidos, lo que refleja un sesgo político.
Reflexión final
Taveras concluye que el caso de la magistrada Jiménez Ortiz merece especial estudio, pues las imputaciones en su contra podrían interpretarse como una violación al principio de separación de poderes. El autor exhorta al CNM y al poder político a aprender de los errores y fortalecer las instituciones democráticas, evitando decisiones que debiliten la confianza en la justicia.