Por José Ricardo Taveras Blanco
Ciudadania RD Media
Les comparto dos breves notas sobre el debate que se lleva a cabo en el congreso sobre el feminicidio:
1. El feminicidio es una inelegantia et vanitate iuris con la que se denomina lo que técnicamente debía ser un homicidio agravado pura y simplemente. Es hijo de la torpe genuflexión legislativa a todo snobismo promovido por las agencias internacionales, el diputado @eugeniocedeno tiene razón y en torno a su postura debe congregarse la cordura en este tema.
2. Remarcar tutela jurídico-penal de un ilícito es legítimo, se tipifica a través de las agravantes, ahí no está el pecado con el feminicidio, sino en convertir la norma en un elemento de discriminación fundado en privilegiar o agravar la pena en función del sexo de la víctima. En pocas palabras, que las agravantes sólo aplican si la víctima es mujer.
3. El fundamento teórico de la “discriminación positiva” terminará haciendo más mal que bien a las legítimas aspiraciones de igualdad en la dignidad de los sexos. La ley tiene más que nada un objetivo docente en la rectificación de las sociedades, corresponde al Estado educar para la igualdad y eso no se logra discriminando.
Buenas tardes, gracias por su amable atención.