José Ricardo Taveras Blanco
CRDmedia
La presencia de agentes del DNI en los counters de Migración fue siempre una piedra de escándalos, para comenzar éramos el único país del mundo que tenía dos agencias en un counter haciendo control de ingreso, una imagen pésima para el turismo. Con el apoyo del presidente Leonel Fernández mientras trabajé en DGM logramos superar esa situación a través del Reglamento de la Ley de Migración, por supuesto eso me costó una campañita todos los fines de años bajo el alegato de que el país estaba expuesto a explotar porque ellos son los que sabían de terroristas etc., claro, coincidía con la navidad, periodo en que venían las víctimas favoritas: los dominicanos ausentes.
Con la Ley 1-24, es cuestión de días que la anacrónica e injustificable presencia del DNI sea repuesta en los counters de Migración, todo ello gracias a la duplicación de funciones prescrita en el ordinal 8 del Art. 9 de la flamante Ley del DNI, el cual, aunque hace la salvedad de que es sin menoscabo de las facultades de la DGM, le atribuye la facultad de “Controlar el ingreso y salida de personas extranjeras al y del territorio nacional, para fines de seguridad nacional.” Ese es un retroceso Sr. Presidente Luis abinader absolutamente innecesario porque el DNI recibe electrónicamente la información avanzada de pasajeros y puede requerir a migración cualquier cooperación sin necesidad de “controlar” lo que le toca a otra institución controlar.