Un tribunal peruano ratifica la validez de prohibición de ingreso a Perú de Evo Morales

Un tribunal peruano ratifica la validez de prohibición de ingreso a Perú de Evo Morales
la Superintendencia de Migraciones, había dispuesto “el registro del impedimento del ingreso al país de Evo Morales y de otros ocho ciudadanos bolivianos”.

Lima (EFE).- Un tribunal peruano ratificó el impedimento de ingreso a Perú dictado en enero de 2023 al expresidente boliviano Evo Morales, al revocar otra resolución judicial que había declarado fundado en parte un recurso de habeas corpus y anulado la alerta migratoria emitida contra el exgobernante.

La decisión tomada por la Segunda Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima en una resolución emitida el pasado 30 de enero, a la que tuvo acceso EFE este jueves.

El tribunal declaró “improcedente por sustracción de la materia” el habeas corpus que había presentado el abogado Ronald Atencio en favor de Morales tras considerar que la situación jurídica y libertad del exmandatario “en la actualidad se encuentra sin ninguna afectación”, ya que reside en Bolivia y “no ha mostrado si quiera algún indicio o intento de querer ingresar al Perú”.

Fuentes de Migraciones consultadas por EFE confirmaron la decisión y señalaron que este fallo “resalta la soberanía del Estado peruano para regular el ingreso de extranjeros a su territorio” y también “reconoce que la presencia de Evo Morales podría afectar la seguridad interna del país.

El Ministerio del Interior de Perú informó el 9 de enero de 2023 que, a través de la Superintendencia de Migraciones, había dispuesto “el registro del impedimento del ingreso al país de Evo Morales y de otros ocho ciudadanos bolivianos”.

El caso de Evo Morales

La medida se tomó en medio de las protestas que se desataron contra el Gobierno de Dina Boluarte y la clase política peruana, que dejaron decenas de muertos, y tras señalar que se había detectado ingresos al país de ciudadanos bolivianos para “efectuar actividades de índole política proselitistas” que se consideró que afectaban la legislación migratoria, la seguridad nacional y el orden interno.

En noviembre pasado, el Quinto Juzgado Constitucional de Lima declaró fundado en parte el habeas corpus presentado en favor de Morales, por lo que ordenó declarar la nulidad de la alerta migratoria y que Migraciones emita un dispositivo que regule estas disposiciones “con respecto de los principios y valores constitucionales y democráticos”.

Tras una apelación presentada por Migraciones, la Segunda Sala Constitucional concluyó que “el actuar de Migraciones no ha sido arbitrario”, ya que la Dirección de Inteligencia del Ministerio del Interior identificó a Morales “como propulsor y participante de eventos ideológicos y políticos con aras de desestabilizar el orden interno y hacer frente a los actos del gobierno del Perú”.

“La decisión tomada por Migraciones se encuentra plenamente justificada, puesto que existe un informe del Servicio de Inteligencia del cual se desprende que ya se ha calificado al señor Morales Ayma como una persona peligrosa para la seguridad del Estado”, agregó el tribunal.

Por los fundamentos expuestos, la sala constitucional revocó la resolución del 17 de noviembre de 2023 y declaró “improcedente la demanda” presentada por Atencio contra la Superintendencia de Migraciones.

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Author: CRDMedia

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