NECESARIA CRITICA A LA LEY DE LA DIRECCION NACIONAL DE INTELIGENCIA (DNI)

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Por: Juan Manuel Morel Pérez
Ciudadanía RD Media

Abogado, Magister en Seguridad y Defensa Nacional, Especialista en Derechos Humanos y Derecho Internacional humanitario, Coordinador del Observatorio de Seguridad y Defensa-RD

Recientemente, el Senado de la República aprobó Ley que regula la Dirección Nacional de Inteligencia, iniciativa que criticamos cuando se inicio el debate muy soterrado, en julio del 2021, pero finalmente el Senado lo aprobó y tal suerte correrá en el cámara de Diputados, es preocupante para quienes estudiamos el tema de la Seguridad y  Defensa, que en lo adelante nuestro principal órgano de inteligencia estratégica, sea orientado con esa pieza legislativa, al parecer al momento de elaborar y aprobar esa iniciativa.

Para entrar en materia es importante conocer que Inteligencia, es un proceso de búsqueda y análisis de información, que tiene como objetivo crear un producto informativo para la toma de decisión, Por eso siempre hemos dicho que información e investigación, no es sinónimo de inteligencia, son parte del proceso de producción, pero su utilidad no es la misma, en el caso de la inteligencia del Estado, esta proviene de un subsistema llamado estratégico el cual  suministra oportuna y verazmente a quienes deciden políticas publica del más alto nivel  Presidente la inteligencia útil en el orden del conocimiento de las potenciales ventajas, desventajas, amenazas, riesgos y conflictos que puedan ser una vulnerabilidad, amenaza o riesgo a los intereses y objetivos nacionales, asi como al desenvolvimiento institucional de una sociedad; Republica Dominicana cuenta con unos tres subsistemas y aproximadamente 8 agencias de  inteligencias.

Por temas familiares y académicos, conozco el otrora temido y todopoderoso Departamento Nacional de Investigaciones (DNI), saludamos el hecho de que se pase de un departamento de investigaciones a una dirección de inteligencia y que ya formalmente dependa del poder ejecutivo y no como legalmente lo es,  que es a las Fuerzas armadas;  esto tiene su explicación histórica:
semanas  antes del Presidente Joaquín Balaguer, entregar el poder a Antonio Guzmán, en aras de evitar que los “comunistas” aliados al gobierno que asumiría tomaran el control de la inteligencia, logro aprobar la ley 857, que crea al DNI que lo hace dependiente de las Fuerzas Armadas así se evitaba que los cuadros del MPD y demás grupos de izquierda y la Inteligencia cubana, tomaran el órgano,  pero en realidad desde el dia uno depende del Presidente de la Republica, siendo dentro de la comunidad de inteligencia el de  mayor jerarquía esto  así, que con quien despacha su director es directamente con el primer mandatario y su  la sede principal del mismo, está en la casa del Gobierno Dominicano.

Desde ya hace más de una década, se ha buscado adecuar las funciones del “departamento”, a su nuevo rol, en lo personal conozco de algunos borradores de anteproyectos y  honestamente el aprobado en el senado pudo haber sido mejor, aquí mis observaciones:

 Esa ley, crea el sistema nacional de Inteligencia, bajo la coordinación de la DNI, algo totalmente absurdo, ya que el sistema nacional de Inteligencia, necesita una ley propia, que establezca los subsistemas, los roles de cada agencia.

Esta nueva ley -que auguramos sea modificada en la cámara de Diputados-  da mandato  a la DNI, de crear el Plan Nacional de Inteligencia, que aunque entendemos que ciertamente debe tener una gran cuota de responsabilidad en la elaboración de este plan, pero el mismo debe ser una responsabilidad de un órgano colegiado de dirección del sistema, llámese consejo o como quieran llamarle, además no menciona la vinculación de la DNI con el recientemente creado, Consejo Nacional de Seguridad y Defensa y en ese sentido es imposible pensar que desde la recién creada Dirección Nacional De Inteligencia, se pueda pensar que va a dirigir el presupuesto de las demás divisiones, delegaciones y direcciones de inteligencia;  recordemos que cada una de estas pertenecen a un  conjunto de subsistemas uno muy distinto del otro y operan de forma autónoma y su presupuesto dependen de otros órganos,  verbigracia J2, de las fuerzas Armadas, A-2 de la fuerza aérea, M-2 de la armada, DICRIM, de la policía, CICC de la DNCD, con esta ley tendremos un director Nacional de Inteligencia que el único requisito para ocupar la función es ser designado por el presidente de la República, porque no requiere un perfil para el puesto.

Otro controversial aspecto es el articulo 9.8 de la supra indicada ley que da como funciones a la recién creada DNI  “Controlar el ingreso y salida de personas extranjeras al y del territorio nacional, para fines de seguridad nacional, sin perjuicio de las atribuciones de la Dirección General de Migración”, desde el punto de vista de Seguridad pudieran supervisar el ingreso y salida al país, pero controlar quien puede hacerlo convertirá esa función muy conflictiva al igual que el  párrafo II de su articulo 11, que obliga a las entidades privadas permitirle el acceso  sus bancos de datos, rompiendo esto con el velo de operaciones corporativas y el derecho de privacidad tanto de las empresas como sus clientes

Para poder hacer esta transformación del departamento nacional de Investigación a la Dirección nacional de Inteligencia, primero se debe legislar y  crear  el Sistema Nacional de Inteligencia y sus respectivos subsistemas, también debe crearse los órganos de dirección, asesoramiento y trabajo del sistema, es decir el consejo, la comunidad y el comité nacional de inteligencia o como les quieran llamar, espinoso tema  que no muchos pueden hablar, ni en que se puede  improvisar,  en realidad  como he expresado deber ser  dos leyes (podría fundirse en una, pero es más apropiado que sean dos), la ley Inteligencia que crea, estructura y regula el Sistema Nacional de Inteligencia y la ley que convierte al actual DNI en la Dirección Nacional de Inteligencia y le asigna su nuevo rol como órgano rector o coordinador del consejo de inteligencia y por ende del sistema.

Finalmente podemos observar que Tiene muchas cosas buenas , otras muy ambiciosas y algunos disparates por culpa de los sesgos, pero los sesgos son así, lo más importante es que corregiría el adefesio que se cometió en el 1978, de poner al DNI bajo la dependencia de las fuerzas armadas, esto, aunque de hecho no se cumple, los redactores  de esa pieza legislativa,  no tienen límites en cuanto su alcance y las dudas lo dejan como zonas grises que estoy seguro que dirán se aclararán con el reglamento, pero esperemos que se pueda mejorar esa importante norma que el sistema de Seguridad ty Defensa, necesita

 

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